Policia Local

Dirección: C/ Ancha, 4 – 14540 La Rambla (Córdoba)

Teléfonos: 957682710 / 629657178

Fax: 957683109

Email: policia@larambla.es

Policía local

Educación y seguridad vial

"Educar es seguridad"

¿Qué es la mediación policial?

Es un servicio público de atención a la ciudadanía que ofrece la Policía Local de La Rambla, mediante Agentes especializados en  mediar en aquellos conflictos que surgen en nuestra convivencia diaria, y que afectan a las relaciones personales. Es un servicio gratuito de resolución  extrajudicial de conflictos entre las personas, que tiene como característica la intervención neutral e imparcial de una tercera parte, en este caso la Policía Local, para buscar una solución satisfactoria para las partes afectadas, dentro de los límites fijados por la Ley. Es un proceso voluntario, confidencial y rápido.

Base legal:

La Ley Orgánica 2/1986 de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su Título V: “De las Policías Locales”, artículo 53 apartado i, señala entre las funciones de la Policía Local la de: “Cooperar en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello”.

Objetivo de la mediación

El objetivo del protocolo de mediación es la resolución de conflictos entre vecinos, utilizando el dialogo razonado. El lema de este servicio es “hablando se entiende la gente”.

Requisitos:

Para solicitar el procedimiento, o para iniciarlo en su caso, será necesario residir en la localidad de La Rambla o dentro de su término Municipal. Quedan fuera del ámbito de la mediación aquellos asuntos que constituyan o puedan constituir infracción penal o administrativa, o cuando con carácter previo exista reclamación en una de esas vías.

Ámbito de actuación de la mediación:

  • Molestias por ruido
  • Problemas familiares
  • Conflictos mercantiles
  • Problemas de convivencia vecinal
  • Molestias por animales de compañía
  • Impagos en la comunidad
  • Problemas de insalubridad
  • Y todos aquellos conflictos que se pudieran derivar de nuestra vida en sociedad.

Procedimiento:

  1. Presentación de la instancia en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento, conteniendo una breve descripción de la situación, aportando cuantos datos sean posibles.
  2. El servicio de mediación analizará el conflicto, comunicando al interesado la resolución del mismo, una reunido con las partes en cuestión.
  3. Una vez se inicie el protocolo de actuación, se identificará y ofrecerá a la otra parte el servicio de mediación.
  4. Reunión entre mediador y partes implicadas. Finalmente se extiende un Acta con el resultado de la misma.

Información y contacto:

Para más información los interesados o interesadas pueden acudir a la Jefatura de la Policía Local o bien descargar de esta web el modelo de instancia de Mediación Policial.

La mediación policial

¿Qué es la mediación policial?

Es un servicio público de atención a la ciudadanía que ofrece la Policía Local de La Rambla, mediante Agentes especializados en  mediar en aquellos conflictos que surgen en nuestra convivencia diaria, y que afectan a las relaciones personales. Es un servicio gratuito de resolución  extrajudicial de conflictos entre las personas, que tiene como característica la intervención neutral e imparcial de una tercera parte, en este caso la Policía Local, para buscar una solución satisfactoria para las partes afectadas, dentro de los límites fijados por la Ley. Es un proceso voluntario, confidencial y rápido.

Base legal:

La Ley Orgánica 2/1986 de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su Título V: “De las Policías Locales”, artículo 53 apartado i, señala entre las funciones de la Policía Local la de: “Cooperar en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello”.

Objetivo de la mediación

El objetivo del protocolo de mediación es la resolución de conflictos entre vecinos, utilizando el dialogo razonado. El lema de este servicio es “hablando se entiende la gente”.

Requisitos:

Para solicitar el procedimiento, o para iniciarlo en su caso, será necesario residir en la localidad de La Rambla o dentro de su término Municipal. Quedan fuera del ámbito de la mediación aquellos asuntos que constituyan o puedan constituir infracción penal o administrativa, o cuando con carácter previo exista reclamación en una de esas vías.

Ámbito de actuación de la mediación:

  • Molestias por ruido
  • Problemas familiares
  • Conflictos mercantiles
  • Problemas de convivencia vecinal
  • Molestias por animales de compañía
  • Impagos en la comunidad
  • Problemas de insalubridad
  • Y todos aquellos conflictos que se pudieran derivar de nuestra vida en sociedad.

Procedimiento:

  1. Presentación de la instancia en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento, conteniendo una breve descripción de la situación, aportando cuantos datos sean posibles.
  2. El servicio de mediación analizará el conflicto, comunicando al interesado la resolución del mismo, una reunido con las partes en cuestión.
  3. Una vez se inicie el protocolo de actuación, se identificará y ofrecerá a la otra parte el servicio de mediación.
  4. Reunión entre mediador y partes implicadas. Finalmente se extiende un Acta con el resultado de la misma.

Información y contacto:

Para más información los interesados o interesadas pueden acudir a la Jefatura de la Policía Local o bien descargar de esta web el modelo de instancia de Mediación Policial.

Instancia para solicitar mediación policial

Enlaces

Enlace a la web de la DGT
enlace a la web de la guardia civil
Enlace a la web de la policía nacional