El Ayuntamiento de La Rambla recibirá 11.100 euros tras acogerse a las ayudas para suministros mínimos vitales de la Junta

26 · Jul · 2016 | Sede Onda Pasión

Esta partida está destinada a prestaciones de urgencia social

Esta partida está destinada a prestaciones de urgencia social, donde están incluidos los suministros básicos de agua y luz, así como, equipamiento esencial de la vivienda, muebles o reparaciones básicas, o necesidades urgentes de alimentación y vestido o el pago del alquiler.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado recientemente la relación de Ayuntamientos participantes en el Programa Extraordinario para suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social, regulado por el Decreto-ley de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, así como las cuantías asignadas a cada uno de ellos, entre los que se incluye el de La Rambla.

El importe total destinado por la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales a estas nuevas prestaciones asciende a más de 6,4 millones de euros, de los que 670.000 se destinarán a los 72 ayuntamientos cordobeses que han solicitado estas prestaciones (el 96% del total).

En Andalucía son 746 los municipios (también el 96% del total) que se han acogido a estas nuevas prestaciones de urgencia social, donde están incluidos los suministros básicos (agua y luz) y el equipamiento esencial de la vivienda, como muebles o reparaciones básicas, o necesidades urgentes de alimentación y vestido o el pago del alquiler. Las ayudas se han otorgado en función del número de desempleados del municipio, que recibirá entre los 3.000 euros y los 55.530 euros.

Este Programa se materializa mediante ayudas que serán gestionadas por los Ayuntamientos de Andalucía para la atención a la cobertura de contingencias extraordinarias de las necesidades básicas de subsistencia, tanto por razones sobrevenidas como por falta continuada de recursos, de aquellas personas o unidades familiares que no puedan hacer frente a gastos específicos y que, cumpliendo los requisitos exigidos por la norma, hayan sido comprobados e informados por parte de los Servicios Sociales Comunitarios.