PROGRAMA INNOVACTIVA 6000
INCENTIVOS DEL INSTITUTO ANDLALUZ DE LA JUVENTUD
CUANTÍA HASTA 6000€ Y OBLIGACIÓN DE MANTENIMIENTO DE ALTA 2 AÑOS
Importante: Solicitud de la ayuda antes de cualquier inicio de trámite de alta.
Colectivo beneficiario:
Jóvenes andaluces o residentes en Andalucía, mayores de 18 y hasta 35 años (inclusive) que:
a) Hayan finalizado estudios universitarios en algunos de los tres ciclos: Grado, Máster o Doctorado o que hayan finalizado estudios universitarios conforme a Planes de Estudio anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, o que
b) Hayan finalizado estudios de Formación Profesional de Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior.
Existen dos líneas de ayudas:
- Constitución de empresas societarias (Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Nueva Empresa, Sociedad Laboral o Sociedad Cooperativa). En este caso se requieren mínimo dos socios. Ambos tienen que cumplir el requisito de la edad, aunque el de la titulación sólo es necesario en el caso del que solicita la ayuda. En esta línea serán subvencionables las actuaciones encaminadas a la constitución de las empresas (Registro y Notaria) y también aquellas inversiones necesarias para la puesta en funcionamiento de la actividad empresarial, tales como, la adquisición de equipos informáticos, mobiliario e inmovilizado material e inmaterial, como: licencias de software, software, dominios web, maquinaria, leasing, propiedad industrial, obras de adaptación y mejora de infraestructura, en caso de ser propietario, o elementos de transporte. Están excluidas las aportaciones para constituir el capital inicial de la empresa.
*En el caso del leasing, sólo se admitirá las cantidades que hayan sido efectivamente pagadas con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
- Constitución como autónomo. En este caso sólo se subvencionan la inversión necesaria para su puesta en funcionamiento en los conceptos del anteriormente mencionado. Importante, tienen que acreditar que no han sido autónomos en el año inmediatamente anterior.
En ambos casos, los proyectos deben ser avalados por un informe de viabilidad realizado por la Fundación Andaluza “Andalucía Emprende”, a través de la Red de Centros Andaluces de Emprendimiento (CADE).
No podrán solicitar ayuda aquellos que hayan sido beneficiarios en convocatorias anteriores, aunque hayan renunciado a ella una vez concedida.
Plazo de ejecución de la inversión:
A partir de la presentación de la ayuda el solicitante tiene seis meses para constituir la empresa con forma jurídica societaria, o tres meses para constituirse como empresario individual autónomo e iniciar la actividad empresarial. Esta fecha de inicio será la indicada en la solicitud de la ayuda pero hay que tener en cuenta que debe estar comprendida entre la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria y el 31 de diciembre 2019. Es a partir de ese momento cuando se contabilizan los 6 meses en el caso de sociedades y 3 meses en el caso de los autónomos.
Periodo a destinar los bienes al fin concreto:
Cinco años en el caso de bienes inventariables e inscribibles en registro público y 2 en el caso del resto. Este plazo comienza en la fecha de adquisición del bien.
Criterios de valoración:
a) Proyectos y formación del solicitante que se valorarán con 80 puntos como máximo, desglosados en:
1. Que la actividad empresarial que se pretende poner en marcha esté relacionada con alguna de las siguientes prioridades de especialización que se establecen en el documento "RIS3 Andalucía, Estrategia de Innovación en Andalucía 2014-2020": 25 puntos
– Movilidad y Logística.
– Industria avanzada vinculada al transporte.
– Recursos endógenos de base territorial.
– Turismo, cultura y ocio.
– Salud y bienestar social.
– Agroindustria y alimentación saludable.
– Energías renovables, eficiencia energética y construcción sostenible.
– TIC y Economía digital.
2. Proyectos que desarrollen patentes I+D+I de las Universidades Andaluzas: 20 puntos
3. Proyectos aprobados por cátedra de emprendedores, aulas de emprendedores o departamentos similares: 15 puntos
4. Que el solicitante esté en posesión de otras titulaciones oficiales, iguales o superiores a las establecidas en las bases como requisito para poder ser beneficiarios de estas subvenciones: 10 puntos.
5. Carácter innovador y originalidad del proyecto, en relación a los procesos, productos, servicios o método de producción: 5 puntos.
6. Conocimiento del emprendedor o emprendedora del mercado en relación con su proyecto y coherencia general del Plan de Empresa: 5 puntos.
b) Proyectos con expectativa de generación de empleo: 5 puntos
c) Proyectos sostenibles con el medio ambiente: 5 puntos
d) Proyectos cuyos promotores cumplan con criterios de paridad de género o que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de género: 5 puntos
e) Proyectos que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de la discapacidad: 5 puntos.
Plazo de convocatoria:
Hasta el 27 de mayo de 2019
Los interesados podrán dirigirse a:
Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza
JUNTA DE ANDALUCÍA <Cade.Montilla@andaluciaemprende.es>
Tel: 957.112.052 – 671.531.784