Uno de cada tres centros privados de enseñanzas sin título presenta incumplimientos de la normativa de consumo

7 · Ago · 2015 | Uncategorized

La Consejería de Salud ha detectado que el 28% de las academias provadas de enseñanzas sin título presentan incumplimientos en materia de consumo tras inspeccionar más de 120 centros en toda Andalucía. Estos datos, correspondientes a la campaña de 2010, representan, por tanto, un incremento del 6% respecto a 2009. Los consumidores deben ser advertidos de si los cursos en los que se matriculan tienen su correspondiente autorización como enseñanzas oficiales, como en el caso de los centros que imparten formación profesional, o si, por el contrario, se trata de enseñanzas sin validez académica. Además, los centros deben informar a los usuarios de la clase de diploma que ofrecen y de si ese título está homologado por la Consejería de Educación o el Ministerio.

La Dirección General de Consumo ha recordado además que los centros están obligados a informar de cuánto cuestan sus cursos con todos los gastos incluidos. Este precio total debe incluir los gastos de matrícula, de inscripción, el material necesario o los gastos de envío en caso de que se trate de centros que imparten educación a distancia. En un 10% de los casos no ponen a disposición del usuario la información relevante sobre las condiciones jurídicas y económicas de sus cursos.

La campaña de inspección se desarrolló en centros de formación en idiomas, especialmente aquellos que emplean métodos audiovisuales y sistemas no presenciales; en academias de preparación de oposiciones; en centros privados que anuncian la homologación de sus títulos con enseñanzas oficiales para comprobar que así es; en centros en los que se publicita el acceso fácil al mundo laboral o en centros con contratación e información a distancia, por ejemplo a través de internet.

El sector acumula, en lo que llevamos de año, 72 reclamaciones por vulnerar los derechos del consumidor, 188 en todo 2010, y continúan manteniéndose como un sector de especial atención, tanto por la amplia difusión de sus servicios, como por las expectativas que generan debido a la publicidad que en, algunos casos, ofrece salidas profesionales seguras o títulos homologados.

Un 15% de los contratos analizados contienen cláusulas abusivas. Se da una tendencia al alza respecto a la inspección del año pasado cuando sólo se constataron en un 6% de los casos. Las más comunes han sido el incluir condiciones como indicar que, ante cualquier conflicto, el contratado se someterá a tribunales de Sevilla o Madrid, según los casos, con independencia del que puede corresponderle. También, afirmar que si el alumno desea suspender las clases debe avisarlo con un mes de antelación y por correo certificado y, con ello, renuncia a todos sus derechos.

Asimismo, se dan casos en los que el centro se reserva el derecho a variar el contenido de las asignaturas que aparecen en sus folletos informativos y a cambiar el profesorado cuando las circunstancias lo requieran.

Recomendaciones

Antes de contratar un curso, es aconsejable recabar toda la información del mismo y prestar especial atención a sus contenidos, por ejemplo la metodología seguida (clases presenciales, asistencia telefónica u online y material disponible. También es necesario atender a la duración del curso, a los títulos o certificados que se expiden, a las formas de pago y al precio total del curso.

Si se ofrece la posibilidad de financiar el curso es conveniente comparar distintas ofertas de financiación y escoger la que más se adecue a sus intereses. El usuario, en caso de financiación, tiene derecho a solicitar a la entidad con la que se efectúa la operación una oferta vinculante en la que consten por escrito las condiciones, especialmente, el tipo de interés aplicable y las comisiones y gastos derivados de su apertura. Hay que verificar que, en el contrato, no se faculta al centro de enseñanza a la cesión o subrogación del crédito salvo consentimiento expreso del consumidor.

El usuario debe exigir una copia del contrato que se formalice, una vez firmado, además de un justificante o factura de los pagos que se realicen. Asimismo, es recomendable guardar siempre la publicidad de las ofertas ya que las condiciones que se incluyan en ella serán exigibles en todo caso por el consumidor, incluso cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado.

Si en la publicidad del curso se hace referencia a puntuación en bolsas de trabajo, se recomienda solicitar la documentación en la que se acredite la cuantía, el baremo y las condiciones para validar esa puntuación, así como la copia del convenio con la entidad o empresa que debe reconocer los puntos.

Como norma general, los centros tienen la obligación de disponer de documentos y folletos informativos, que deben estar a disposición del público hasta la finalización del curso, con la siguiente información: nombre del curso, duración, horarios y contenido; clase se diploma, especificando que no se trata de un título con validez académica o profesional (salvo en los supuestos de cursos homologados) y precio, incluyendo todos los conceptos del curso.